Dictamen de seguridad de un inmueble.
Beneficios
Dictamen que acredita ser espacio seguro
Caso(s) en los que debe solicitarse:
Cuando se quiera acreditar que un inmueble es seguro.
Resolución que se obtiene:
Dictamen que acredita la seguridad del inmueble.
Tipo de resolución:
Se resuelve dentro de un plazo
Afirmativa y Negativa Ficta: Si transcurre el plazo máximo de respuesta señalado por la Normatividad sin que la Dependencia no haya emitido una resolución, la respuesta a la solicitud será considerada como:
Negativa Ficta Más información
Plazo de la Dependencia para Prevenir
5 Días hábiles
Plazo del Solicitante del trámite para responder a la prevención
5 Días hábiles
Criterios para Resolver el Trámite o Servicio
Que cumpla con los requisitos
Deberás adjuntar a la solicitud de tu Trámite o Servicio todos los requisitos básicos, y los requisitos del apartado "casos o supuestos" si te encuentras en alguno de ellos
Total de requisitos: 3
Solicitud del dictamen
Presenta alguno de los siguientes documentos:
- Formato de solicitud
Motivo:
Documento para entregar al Sujeto Obligado
Forma de presentación:
Original
Cantidad de copias:
1
Informe de inspección que refiera que se trata de un inmueble seguro.
Presenta alguno de los siguientes documentos:
- Informe de inspección
Motivo:
Documento para entregar al Sujeto Obligado
Forma de presentación:
Original
Cantidad de copias:
1
Recibo de que se pagó el trámite
Presenta alguno de los siguientes documentos:
- Recibo de pago del trámite
Motivo:
Documento para entregar al Sujeto Obligado
Forma de presentación:
Original
Cantidad de copias:
1
Pasos que se tiene que seguir de manera presencial
¿Es posible agendar una cita?
No
Módulos de atención:
- Palacio Municipal
¿Existe una aplicación móvil para solicitar el trámite o servicio?
No
¿Existe un sitio web o plataforma para solicitar el trámite o servicio en línea?
Si
Iniciar tramite
Pasos que se tiene que seguir en el sitio web
Responsable(s):
Área Municipal: Secretaria de finanzas
Departamento: Dirección Municipal de Protección Civil del Municipio de Durango
Atención Telefónica: (999) 926 04 47
Oficinas: Calle 15 número 121 A entre 26 y 28, Colonia Itzimná
Horario de Atención:
Lunes -
Viernes
de
8:30 a.m. a 3:00 p.m.
Correo Electrónico: tramites.cpc@merida.gob.mx
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo:
Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo: Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo: Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo: Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo: Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo:
Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo:
Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo: Art. 122 de la ley de Ingresos
Ambito: Municipal
Tipo:
Artículo:
Art. 122 de la ley de Ingresos
Costo
Emisión del dictamen Pago para la emisión del dictamen